Qué Impuestos se Pagan al Comprar un Coche de Segunda Mano: Guía ITP y Tablas de Hacienda (2026)

Al comprar un coche de segunda mano, la obligación fiscal depende exclusivamente de quién es el vendedor. No se pueden pagar dos impuestos por la misma operación: o pagas IVA o pagas ITP, pero nunca ambos.

Esta guía desglosa exactamente qué pagar, cómo calcular la base imponible legalmente para no tener problemas con Hacienda y qué modelos presentar.

¿Pago IVA o Impuesto de Transmisiones (ITP)?

La regla es binaria y depende de la naturaleza jurídica del vendedor:

  1. Vendedor Profesional (Concesionario o Compraventa):
    • Se aplica el IVA (21%).
    • El comprador no hace nada extra: El IVA ya va incluido en el precio de venta y en la factura. El vendedor es quien lo liquida trimestralmente.
    • Exención de ITP: Al haber factura con IVA, la operación está exenta de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  2. Vendedor Particular:
    • Se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
    • El comprador es el responsable: Debes liquidar este impuesto ante la Hacienda de tu Comunidad Autónoma (no la estatal) en un plazo de 30 días hábiles desde la firma del contrato.
    • No hay factura, solo contrato de compraventa.

¿Cómo se calcula el ITP? (Valor de Contrato vs. Valor Fiscal)

Aquí reside el error más común. La base imponible sobre la que se calcula el impuesto no es necesariamente el precio que has pagado por el coche.

Hacienda exige que pagues el impuesto sobre el mayor valor de estos dos:

  1. El Precio de Venta: La cantidad que figura en el contrato de compraventa.
  2. El Valor Venal (Valor Fiscal): El precio oficial que el Ministerio de Hacienda asigna a ese modelo de coche según las tablas anuales del BOE, ajustado por su antigüedad (depreciación).

Estrategia Legal: Si compraste un coche «barato» (por debajo de mercado), debes pagar el impuesto basándote en el Valor Fiscal de Hacienda, no en el del contrato. Si declaras por debajo de las tablas del BOE, recibirás una comprobación de valores (una «paralela») exigiendo la diferencia más intereses.

Fórmula de Cálculo del Valor Fiscal:

  1. Buscas el modelo exacto en la Orden Ministerial de Hacienda vigente en 2025.
  2. Aplicas el porcentaje de depreciación según los años de matriculación:
    • Hasta 1 año: 100% del valor.
    • De 3 a 4 años: 56%.
    • De 10 a 11 años: 17%.
    • Más de 12 años: 10%.

¿Qué porcentaje de ITP se paga en cada Comunidad Autónoma?

El ITP es un impuesto cedido, por lo que cada región establece su tipo impositivo. En 2025, los tipos generales oscilan entre el 4% y el 8%.

  • 4%: Comunidad de Madrid, Navarra, Canarias, Murcia (en general).
  • 6%: Cataluña (con excepciones), Comunidad Valenciana (coches de cierto valor/potencia), La Rioja.
  • 8%: Galicia, Cantabria, Baleares (para coches de alta gama o más de 15 CV fiscales).
  • Andalucía: Tramos variables según la potencia fiscal.

Importante: Se aplica la normativa de la comunidad donde reside el comprador (dirección del DNI), independientemente de dónde se compre el coche.

¿Existen coches exentos de pagar ITP?

Sí. Algunas Comunidades Autónomas bonifican la compra de vehículos antiguos y de bajo valor para reducir la burocracia, o imponen una cuota fija en lugar de un porcentaje.

  • Cuota Fija: En Cataluña, por ejemplo, los vehículos de más de 10 años y valor venal inferior a 40.000€ no pagan un %, sino que están exentos o pagan una tasa fija si se tramita telemáticamente.
  • Exención: En Madrid, los vehículos de más de 10 años históricamente han tenido bonificaciones (verificar ordenanza anual vigente).
  • Herencias y Donaciones: No pagan ITP, sino el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que sigue reglas totalmente distintas.

¿Qué modelos debo presentar: 620 o 621?

Para liquidar el impuesto, debes rellenar el modelo oficial antes de ir a la DGT a cambiar la titularidad.

  • Modelo 621 (Telemático): Es el estándar actual. Permite pagar online el impuesto. La mayoría de comunidades cruzan datos con la DGT automáticamente.
  • Modelo 620 (Presencial): Se utiliza para tramitaciones físicas o en comunidades que aún no han digitalizado totalmente el proceso para ciertos vehículos (ej. clásicos o herencias complejas).

Resumen del Proceso:

  1. Firmar contrato.
  2. Calcular valor fiscal.
  3. Rellenar y pagar Modelo 621.
  4. Obtener el código CEM (Código Electrónico de Matrícula) o justificante de pago.
  5. Ir a Tráfico (DGT) a realizar el cambio de nombre.