Has comprado un coche nuevo o de segunda mano en Sevilla y, al poco tiempo, surge un problema. El vendedor o concesionario se niega a la reparación alegando que «eso no lo cubre la garantía». Es una situación frustrante y, en muchas ocasiones, ilegal.
Tu garantía no es una formalidad: es un derecho protegido por la ley.
Como abogados especialistas en garantías de vehículos que atienden a toda la provincia de Sevilla, hacemos que el vendedor cumpla sus obligaciones. Conocemos la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y sabemos cómo aplicarla para proteger tu inversión.
El concesionario o vendedor se niega a reparar.
Te ofrecen una solución parcial que no resuelve el problema.
El plazo de garantía está a punto de expirar.
Compraste a un particular y el coche presenta un defecto grave.
El taller oficial ha intentado reparar varias veces sin éxito.
Cuanto antes actúes, más opciones tendrás de recuperar tu inversión.
La decisión es tuya.
Para poder reclamar con eficacia, lo primero es entender qué tipo de protección tienes. La palabra «garantía» puede referirse a tres conceptos legales diferentes.
Es la más importante y siempre es gratuita. Cualquier profesional (concesionario, compraventa) que te vende un vehículo está obligado por ley a ofrecerla. Cubre cualquier “falta de conformidad”, es decir, cualquier defecto o problema que existiera en el momento de la entrega, que no haya sido informado claramente, y que no se corresponda con lo pactado. El plazo es de tres años para coches nuevos.
En vehículos de segunda mano, por pacto expreso, se puede reducir a un mínimo de un año, pero si no hay pacto, el plazo también será de 3 años. Además, si se pacta por debajo del mínimo legal, dicho pacto es nulo y se aplica el plazo ordinario de tres años. Son bastante habituales los intentos de fraude con el contenido y extensión de la garantía.
Es un compromiso voluntario que ofrece el vendedor o el fabricante además de la garantía legal obligatoria. Puede mejorarla o ampliarla (por ejemplo, añadir más años de cobertura, cubrir piezas específicas o dar asistencia extra). Nunca puede limitar los derechos que ya tienes por ley, sino que debe suponer un beneficio adicional para el comprador. También vemos habitualmente fraudes con el contenido y extensión de estas garantías comerciales.
Si le compras un coche a un particular, no existe una garantía legal como tal. Sin embargo, el vendedor particular tiene la obligación de responder durante 6 meses por los vicios ocultos: defectos graves que ya existían y que no estaban a la vista.
Valoraciones de clientes satisfechos al apoyarse en nosotros.
Tu Abogado

Hola, soy José Manuel Sánchez Berenguer. Abogado especialista en garantías de vehículos.
La historia es casi siempre la misma: compras un coche con ilusión, confías en que la garantía te protegerá y, a la hora de la verdad, todo son excusas. Sé lo frustrante que es sentir que te toman el pelo y tener que pelear por algo que simplemente es justo.
Mi trabajo es precisamente encargarme de esa parte incómoda. Conozco el camino y sé cómo funciona esto. Si quieres, cuéntame tu caso sin compromiso y vemos qué se puede hacer.
Si el concesionario o el vendedor incumplen, en Sevilla puedes reclamar por dos vías: el arbitraje de consumo (Junta Arbitral de Consumo) o la demanda civil ante los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla. Empezamos siempre por una reclamación extrajudicial mediante burofax y, si no hay respuesta, preparamos la reclamación formal. Atendemos a compradores de Sevilla y de toda la provincia de Sevilla (Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Utrera o Écija, entre otras localidades).
La garantía legal de conformidad del RDL 1/2007 alcanza los tres años en coches nuevos; en los de segunda mano el plazo depende de lo pactado, con un mínimo legal que no puede reducirse válidamente por debajo de lo que marca la ley. Cuanto antes reclames, más fuerte será tu posición.
Cubre cualquier falta de conformidad: defectos o problemas que ya existían en el momento de la entrega, que no se informaron y que no se corresponden con lo pactado. La ofrece de forma obligatoria y gratuita todo vendedor profesional (RDL 1/2007).
En coches nuevos, tres años. En los de segunda mano el plazo depende de lo pactado, con un mínimo legal; un pacto por debajo de ese mínimo es nulo y se aplica el plazo ordinario.
Sí. Tienes derecho a elegir entre la reparación o la sustitución gratuita del vehículo. Si no es posible o no se hace en plazo razonable, puedes pedir una rebaja del precio o la resolución del contrato.
La resolución del contrato (devolver el coche y recuperar el dinero) y, además, una indemnización por los daños y perjuicios que el incumplimiento te haya ocasionado.
Si tienes un problema con la garantía de tu coche en Sevilla y sientes que no te escuchan, contacta con nuestro despacho. No dejes que un incumplimiento devalúe tu compra.
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